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Condenado a siete años y medio un hombre por abusos sexuales a su hija en un pueblo de Teruel Condenado a siete años y medio un hombre por abusos sexuales a su hija en un pueblo de Teruel
El acusado cuando fue juzgado el mes pasado en la Audiencia Provincial de Teruel

Condenado a siete años y medio un hombre por abusos sexuales a su hija en un pueblo de Teruel

Los hechos ocurrieron desde que la niña tenía 6 años, tras el fallecimiento de su madre
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La Audiencia Provincial de Teruel ha condenado a un hombre a siete años y medio de prisión por un delito continuado de abusos sexuales cometidos contra su hija menor de edad, desde que esta tenía seis años hasta que al cumplir los catorce lo contó a un profesor. Los hechos ocurrieron en un municipio de la comarca del Jiloca y fueron cometidos por el padre de forma continuada después de que falleciese su esposa y madre de la niña.

Durante el juicio, celebrado a mediados de noviembre, el padre negó que hubiese tocado nunca a su hija, pero el tribunal considera válidas tanto la declaración de la menor como otras pruebas periciales aportadas por los profesionales que atendieron a la menor con posterioridad a que se denunciaran los hechos.

Además de la pena privativa de libertad, el tribunal condena al acusado a la privación de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento durante seis años, así como a ejercer cualquier profesión o actividad, retribuida o no, que conlleve el contacto regular y directo con menores de edad, por tiempo de doce años.

También se prohíbe al acusado, cuyo nombre responde a las iniciales A. R., de 60 años de edad, aproximarse a la víctima a una distancia no inferior a 300 metros, en cualquier lugar donde se encuentre, así como intentar comunicarse con ella por un periodo de diez años. Asimismo le impone la medida de libertad vigilada, que se ejecutará con posterioridad a la pena de prisión, con una duración de diez años. Igualmente  deberá indemnizar a la víctima con 8.000 euros por los daños y los perjuicios sufridos y se le impone el pago de las costas del juicio.

El tribunal considera probado que el padre de la menor (de 16 años en la actualidad) cometió abusos sexuales de forma continuada contra su hija tras el fallecimiento de la madre en 2013, cuando la niña tenía cinco años de edad. Las magistradas concluyen que desde que la menor tenía unos seis años hasta finales de 2022, el encausado con ánimo de safisfacer sus deseos sexuales abusó de ella de diferentes formas y de manera continua en el salón y el dormitorio del domicilio familiar. Al principio una o varias veces por semana, que se fue haciendo más esporádico conforme pasó el tiempo.

También llega a la convicción a partir de las pruebas aportadas que durante los primeros años la menor no expresó desacuerdo con la conducta del padre al no ser consciente de lo que sucedía, y que cuando tenía 10 años empezó a “sentirse incómoda y, conforme aumentaba su edad” comenzó a resistirse pidiendo a su progenitor que “cesara y que no quería seguir”.

A causa de estos hechos la menor ha desarrollado “trastornos de ansiedad y depresivos”, llegando a realizar actos autolíticos. Dada su situación, en febrero de 2023, tras denunciarse los hechos, se adoptó una orden de alejamiento y prohibición de comunicación, con medidas civiles consistentes en la retirada de la guarda y custodia sin derecho a visitas. La menor está declarada en desamparo y asumió su tutela la DGA.

El tribunal considera a partir de su testimonio y de las pruebas periciales practicas, que su declaración como principal prueba para imputar a su padre fue “coherente, detallada, consistente y carente de ambigüedades o contradicciones de relevancia”. Las periciales constataron que su relato era “muy probablemente creíble”.

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