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El TSJA suspende de forma cautelarísima las restricciones aplicadas a la hostelería y restauración en Aragón El TSJA suspende de forma cautelarísima las restricciones aplicadas a la hostelería y restauración en Aragón
Zona de bares de Teruel, donde se concentra el ocio nocturno. Javier Escriche

El TSJA suspende de forma cautelarísima las restricciones aplicadas a la hostelería y restauración en Aragón

Afecta al aforo y al adelanto del cierre de la hostelería a las 23 horas y del ocio nocturno a las 00.30 horas
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a Sala Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha admitido la suspensión cautelarísima de las restricciones aplicadas a la hostelería y restauración por el Gobierno autonómico que entraron en vigor el pasado viernes día 9 tras dispararse los casos de covid-19 en la Comunidad.

La suspensión afecta a los puntos de la orden del Gobierno autonómico que hacen referencia al aforo y al adelanto del cierre de la hostelería a las 23 horas y del ocio nocturno a las 00.30 horas.

La solicitud de medidas cautelarísimas ha sido presentada por la Asociación de Empresarios de Cafés y Bares de Zaragoza y provincia y por la Asociación Provincial de Salas de Fiesta, Baile y Discotecas de Zaragoza.

Los magistrados argumentan en el auto de que “no consta, de modo apriorístico y a falta de lo que pueda alegarse por la administración, una directa relación entre la hostelería y el nacimiento de los nuevos brotes, ni se puede ver como inevitable que el mantenimiento, mientras se ventila el trámite de cautelares, de los horarios de mayor apertura, o el del aforo del 75 %, dé lugar a un incremento de los contagios".

El tribunal también se basa en el hecho de que la mayor parte de la población más vulnerable ya está vacunada lo que "forzosamente reduce la gravedad de eventuales brotes y su repercusión en el sistema hospitalario" y es por lo que considera que la decisión de las medidas no pueden esperar a que se resuelva la medida cautelar.

El Gobierno de Aragón dispone hasta el próximo 16 de julio a las 14.00 horas para hacer sus alegaciones sobre mantenimiento, levantamiento o modificación de la medida acordada por la Sala del TSJA.


 

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