Accidente entre una furgoneta y un turismo en La Puebla de Valverde
Prisión por homicidio imprudente para un joven que conducía bajo los efectos del alcohol y las drogas y causó un accidente en el que murió un hombre
El siniestro ocurrió en La Puebla de Valverde y la víctima era un guardia civil
El magistrado del juzgado de Instrucción nº 3 de Teruel, Jerónimo Cano, ha decretado prisión provisional para un joven de 20 años como presunto autor de delitos de homicidio por imprudencia grave y dos delitos contra la seguridad vial, uno de estos dos en su modalidad de conducción bajo las influencia de bebidas alcohólicas y sustancias estupefacientes.
Fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) han informado en una nota de prensa de que los hechos ocurrieron las 17:20 horas del pasado 12 de noviembre a la altura del km. 9,8 de la carretera A-232, en el término municipal de La Puebla de Valverde, cuando el joven procesado perdió el control de la furgoneta que conducía, invadió el carril contrario y colisionó frontalmente con el vehículo conducido por el guardia civil de paisano José M.S., quien resultó muerto como consecuencia del choque, tras ser trasladado en estado grave al hospital Obispo Polanco de Teruel. La víctima estaba en situación de reserva y residía en Mora de Rubielos, donde había estado destinado. El conductor de la furgoneta resultó ileso.
La Guardia Civil ha detallado en un comunicado que el conductor responsable del siniestro arrojó un resultado positivo en alcoholemia de 0,84 y 0,85 mg/l en aire espirado (más de triple del nivel permitido con carácter general, de 0,25). También registró un resultado positivo en la prueba de drogas en consumo de marihuana y cocaína, una prueba que está a la espera de confirmación por el laboratorio autorizado.
A la hora de enviarle a prisión provisional, el juez instructor ha tenido en consideración que el joven es reincidente (ya había sido condenado anteriormente por delitos similares), que puede existir riesgo de fuga ante la pena que supone la comisión de tales delitos (penas pueden superar los 2 años de prisión) y para evitar que pueda cometer nuevos delitos similares.
No obstante, advierte el juez en su auto que “la situación de prisión provisional tiene carácter excepcional, frente al principio in dubio pro libertate, que impone resolver las dudas a favor de la libertad del imputado”. En este sentido explica que la prisión provisional deberá durar el tiempo imprescindible mientras subsistan los motivo que han motivado su ingreso en ella. Este auto podrá ser recurrido en el plazo máximo de 30 días.
La Guardia Civil ha señalado que, por la comisión de los delitos que se le atribuyen, el conductor detenido podría enfrentarse a penas de prisión de 1 a 4 años y a la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de 1 a 6 años por el delito de homicidio imprudente y a penas también tanto de prisión de 3 a 6 meses como a la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por un tiempo superior a uno y hasta cuatro años, por el delito contra la seguridad vial por conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas y/o drogas.
Fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) han informado en una nota de prensa de que los hechos ocurrieron las 17:20 horas del pasado 12 de noviembre a la altura del km. 9,8 de la carretera A-232, en el término municipal de La Puebla de Valverde, cuando el joven procesado perdió el control de la furgoneta que conducía, invadió el carril contrario y colisionó frontalmente con el vehículo conducido por el guardia civil de paisano José M.S., quien resultó muerto como consecuencia del choque, tras ser trasladado en estado grave al hospital Obispo Polanco de Teruel. La víctima estaba en situación de reserva y residía en Mora de Rubielos, donde había estado destinado. El conductor de la furgoneta resultó ileso.
La Guardia Civil ha detallado en un comunicado que el conductor responsable del siniestro arrojó un resultado positivo en alcoholemia de 0,84 y 0,85 mg/l en aire espirado (más de triple del nivel permitido con carácter general, de 0,25). También registró un resultado positivo en la prueba de drogas en consumo de marihuana y cocaína, una prueba que está a la espera de confirmación por el laboratorio autorizado.
A la hora de enviarle a prisión provisional, el juez instructor ha tenido en consideración que el joven es reincidente (ya había sido condenado anteriormente por delitos similares), que puede existir riesgo de fuga ante la pena que supone la comisión de tales delitos (penas pueden superar los 2 años de prisión) y para evitar que pueda cometer nuevos delitos similares.
No obstante, advierte el juez en su auto que “la situación de prisión provisional tiene carácter excepcional, frente al principio in dubio pro libertate, que impone resolver las dudas a favor de la libertad del imputado”. En este sentido explica que la prisión provisional deberá durar el tiempo imprescindible mientras subsistan los motivo que han motivado su ingreso en ella. Este auto podrá ser recurrido en el plazo máximo de 30 días.
La Guardia Civil ha señalado que, por la comisión de los delitos que se le atribuyen, el conductor detenido podría enfrentarse a penas de prisión de 1 a 4 años y a la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de 1 a 6 años por el delito de homicidio imprudente y a penas también tanto de prisión de 3 a 6 meses como a la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por un tiempo superior a uno y hasta cuatro años, por el delito contra la seguridad vial por conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas y/o drogas.
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