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La Audiencia de Teruel condena a nueve años de prisión a un hombre por agredir sexualmente a su sobrina menor La Audiencia de Teruel condena a nueve años de prisión a un hombre por agredir sexualmente a su sobrina menor
Palacio de Justicia de Teruel

La Audiencia de Teruel condena a nueve años de prisión a un hombre por agredir sexualmente a su sobrina menor

Los hechos ocurrieron cuando la víctima tenía 11 años durante una visita a la casa de su tía, pareja del autor
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La Audiencia de Teruel ha condenado a un hombre a nueve años de prisión por un delito de agresión sexual a una menor, y lo inhabilita para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento por tiempo de cuatro años. Se le imponen también como penas la prohibición de aproximarse a la víctima a menos de 300 metros de cualquier lugar en el que ella se encuentre y de comunicar con ella por un periodo de doce años y se dicta una medida de libertad vigilada que se ejecutará con posterioridad a la pena privativa de libertad con una duración de cinco años.

Las magistradas consideran en su sentencia que “el relato de la menor sobre los hechos resulta congruente, persistente, carente de contradicciones relevantes o de ambigüedades” y que se cumplen los parámetros que la jurisprudencia exige para valorar que la declaración de la menor es prueba de cargo suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia que ampara al acusado. Por lo tanto, consideran que los hechos probados son constitutivos de un delito de agresión sexual a menor de dieciséis años y establecen la condena en aplicación de la LO 10/2022, de 6 de septiembre, vigente en el momento de producirse los hechos.

Como responsabilidad civil le condenan a abonar a la menor 20.000 euros por los daños y perjuicios sufridos y al pago de todas las costas del juicio incluidas la de la acusación particular.


Según se expuso en el juicio, los hechos presuntamente delictivos ocurrieron en el puente del Pilar del año 2022, cuando la menor viajó a la casa de sus tíos en un pueblo del Jiloca para pasar unos días sola con ellos. La madre de la menor es prima hermana de la mujer del presunto agresor, con lo cual este no es tío carnal sino político.

Fueron la madre y el padrastro de la víctima los que la llevaron a la casa de los tíos en la provincia de Teruel desde Zaragoza, en donde residen junto con otra hija. La niña de once años pasó varios días en la casa de sus tíos y durante el relato de los hechos en la prueba preconstituida explicó que la noche anterior al Pilar su tío intentó besarla, y que a la mañana siguiente la despertó de la cama, la bajó al salón y allí la desnudó, le tocó sus partes íntimas y le metió los dedos, y empezó a penetrarla analmente aunque no terminó.

En ese momento la tía dormía en una planta superior de la vivienda junto con el niño de 3 años que tiene con el acusado, que negó por su parte en la vista oral que hubiese pasado nada de lo relatado por la menor, y que desconocía por qué le acusaba de semejantes hechos.

La menor dijo también que ese mismo día, cuando estaban en el Parque de Atracciones de Zaragoza con otros familiares, se le acercó su tío para preguntarle si le había gustado y que se había quedado con ganas de hacerlo otra vez. Las manifestaciones de la menor con sus expresiones textuales costó seguirlas en el juicio por la audición y los cortes que se producían en la grabación.

Tras aquel suceso la menor no dijo nada hasta seis meses después cuando lo contó a unas compañeras en el colegio, se enteró una profesora y lo puso en conocimiento de la jefatura de estudios, activándose el protocolo para estos casos. Lo comunicaron a los padres y estos presentaron una denuncia en la Guardia Civil en Zaragoza, que es la provincia donde viven.

Cuando la víctima le contó a su profesora lo ocurrido fue en abril de 2023, seis meses después, y según declaró la docente le explicó que había sufrido “abusos” y “acoso”, porque además de lo ocurrido aquel día su tío le había estado mandando mensajes por el móvil. La profesora explicó que había afectado en el rendimiento escolar de la menor, a la que se refirió como alumna ejemplar, y que incluso tuvieron que activar el protocolo por ideación suicida.

Según los testimonios de la menor, refrendados por los de la profesora en la vista oral, no dijo nada por temor, ya que según ella su tío le había amenazado si decía algo y además temía que no le creyesen. A raíz de entonces la víctima estuvo sometida a tratamiento psicológico y la madre explicó en el juicio que en agosto de este año le dieron el alta, pero que tenía que volver a llevarla porque había tenido una “recaída” ya que durante el último mes no se le iba de la cabeza.

La noche en la que la niña denunció que su tío intentó besarla en dos ocasiones cuando estaban solos en el salón de la vivienda, cenó en la casa también el suegro del acusado, que en su declaración en el juicio dijo que él estaba allí y no ocurrió nada de lo que había dicho la menor.

La mujer del acusado declaró que si su compañero se hubiese levantado de la cama y hubiera ocurrido lo que la menor dijo que pasó, se hubiese enterado porque tiene el despertar fácil, y que no fue así. Comentó que fue ella la primera que se levantó, preparó el desayuno y despertó tanto a su pareja como a la sobrina.

Las peritos psicólogas dijeron que el relato de la menor era coherente y consistente, y que la ansiedad y depresión era compatible con los hechos denunciados.

Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón.

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