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El Rambo de Requena recurre la condena por intento homicidio de dos guardias civiles El Rambo de Requena recurre la condena por intento homicidio de dos guardias civiles
El Rambo de Requena, conducido por la Policía al Palacio de Justicia de Teruel durante el juicio

El Rambo de Requena recurre la condena por intento homicidio de dos guardias civiles

Su abogado aduce "errores" en la valoración de la prueba en el juicio que le condenó a 27 años de cárcel
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El representante legal de Pedro Lozano Giménez, el conocido como el Rambo de Requena, ha recurrido la sentencia de la Audiencia de Teruel que le condena a 27 años de prisión por la tentativa de homicidio de dos guardias civiles a los que disparó mientras le perseguían, en los estertores de su fuga por las sierras turolenses.

En su recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA), al que ha tenido acceso Efe, el letrado de la defensa alega "errores" en la valoración de la prueba por parte del tribunal al entender que ni de las declaraciones de los propios agentes ni de las pruebas periciales se desprende una voluntad homicida por parte del procesado. Errores referidos tanto al disparo que efectuó con una escopeta de postas sobre uno de los agentes, que pudo esconderse en busca de protección, como el que realizó sobre el segundo, que resultó herido de gravedad en el antebrazo.En relación al primero de los agentes, el abogado advierte de que si su cliente hubiese tenido intención de matar, el resultado letal se habría producido finalmente con más disparos.

Respecto al agente que resultó herido, el letrado argumenta que a pesar de la corta distancia a la que se encontraban en el momento de sorprendido, de frente y a poco más de un metro, el acusado en ningún momento disparó a su cabeza ni a partes vitales.

Por su parte, el representante legal de la acusación particular en nombre de los dos agentes, el abogado oscense Jorge Piedrafita, ha recurrido a su vez la sentencia para instar que los hechos sean considerados como tentativa de asesinato en lugar de homicidio.
En su escrito, Piedrafita se refiere de forma sistematizada y detallada a los elementos probados en la sentencia que, a su juicio determinarían la existencia de alevosía y ensañamiento en la conducta del procesado, elementos "típicos", añade, que conforman el delito de asesinato.

Una vez formulados estos recursos, las distintas partes personadas en la causa formularán las alegaciones oportunas a ambos escritos, antes de ser remitidos al TSJA para su enjuiciamiento en sala.

La Audiencia de Teruel imputó al procesado dos delitos de homicidio en grado de tentativa, uno con el resultado de lesiones graves, que castigó con penas de 11 y 9 años de prisión, respectivamente.

Además, le responsabilizó de otros delitos por tenencia ilícita de armas (9 meses), robo continuado en casas habitadas (4 años y 6 meses), hurto de vehículos (multa 2.160 euros), conducción temeraria (1 años) y coacciones (9 meses).

La presencia en la provincia de Teruel del Rambo de Requena fue detectada en junio de 2020, después de protagonizar diversos delitos violentos en la Comunidad de Valencia, pendientes aún de su enjuiciamiento, y protagonizar una larga fuga por zonas boscosas y de campo.

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