Condenan a un hombre por vejaciones e insultos a su exmujer y a su hija
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 3 de Teruel dicta cuatro fallos de Violencia sobre la MujerEl Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 3 de Teruel ha condenado a un hombre a quince jornadas de trabajo a la comunidad y a una orden de alejamiento de treinta metros de su hija y de su exmujer, así como de su domicilio y sus centros de estudio y de trabajo, por vejaciones e insultos a las mismas. Este juzgado ha dictado esta semana tres fallos más relacionados con casos de violencia contra la mujer.
El magistrado ha considerado probado un delito leve de violencia contra la mujer, en su modalidad de vejaciones injustas de carácter leve, provocadas por un hombre al haber proferido contra su hija y su exmujer “expresiones tales como que eran unas putas, unas sinvergüenzas, unas guarras y que si tenían pareja que no follaran gratis”.
El magistrado además ha tenido en cuenta que estos hechos “suceden habitualmente cada vez que el padre se encuentra en la vía pública con su hija y con su ex esposa” y que también a enviado algún mensaje de WhatsApp “profiriendo expresiones análogas a las anteriormente expuestas”. Ante esta situación, el Juzgado ha respaldado que tanto la hija como la exmujer “están hartas de esta situación” y ha sostenido que los hechos declarados “han quedado suficientemente acreditados”, tanto por la verosimilitud de la declaración de las víctimas como por el reconocimiento del padre de los hechos.
Así, el magistrado ha condenado al acusado como autor de un delito leve de violencia contra la mujer, en su modalidad de vejaciones injustas, y le ha impuesto la pena de quince jornadas de trabajos en beneficio de la comunidad y la prohibición que se aproxime a menos de treinta metros, respecto a su hija y su ex esposa, y comunicarse con ellas por cualquier medio.
La resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el Juzgado ante la Audiencia Provincial de Teruel en el plazo de cinco días desde su notificación.
Reincidente
El juzgado de Instrucción nº 3 de Teruel especializado en Violencia sobre la Mujer ha dictado esta semana otras tres sentencias relacionadas con la violencia contra la mujer.
El juez ha condenado a un hombre por un delito de violencia contra la mujer en su modalidad de amenazas, con la circunstancia agravante de reincidencia, a la pena de 52 jornadas de trabajos en beneficio de la comunidad. Además, se le prohibe acercarse a su expareja a menos de 100 metros de distancia y a comunicarse con ella por cualquier medio durante ocho meses. Asimismo, lo condena por un delito de daños a pagar una multa de 160 euros y a indeminar al propietario de la vivienda de su expareja con 224,94 euros por los daños ocasionados en la puerta de la vivienda.
Los hechos ocurrieron cuando el pasado lunes acudió al que fuera domicilio familiar y amenazó a su expareja con expresiones como que iba a prender fuego al edificio con ella dentro.
Como no pudo acceder al interior de la vivienda propinó una patada a la puerta y fracturó el panel de aluminio. La sentencia destaca “la clara intención de de amedrentar y acobardar a su expareja”.
Esta sentencia es firme y no cabe recurso de apelación a la Audiencia Provincial.
También es firme otra sentencia sobre violencia contra la mujer dictada este lunes en este caso por una lesión de menor gravedad, según la cual el magistrado condena a un hombre como autor responsable de un delito contra su pareja a la pena de 22 jornadas de trabajo en beneficio de la comunidad. Igualmente se le prohíbe aproximarse a una distancia menor de 100 metros a su pareja, a su domicilio, o lugar de estudio o trabajo y comunicarse con ella por cualquier medio durante cuatro meses. Además, se le condena a indemnizar a su pareja en las cantidadades en las que se tasen las gafas, el portátil y el móvil, dañados después de que el pasado fin de semana, en el domicilio en común en Teruel, el hombre empujara a la mujer por la espalda y luego la agarrara de los brazos y hombros.
Prisión
Otra de las sentencias de esta índole tiene que ver con un quebrantamiento de condena y el acusado se le condena a cuatro meses de prisión. El juez además acuerda denegar la suspensión de la pena privativa de libertad.
En este caso, el acusado tenía orden de comunicarse y de aproximarse a su expareja por una sentencia firme anterior pero le envió dos llamadas de voz y video llamadas exigiéndole que mintiera y dijera a la Policía Nacional que no incumplía la prohibición de aproximación que se encontraba vigente. Además, en un pub de la capital se acercó a ella y se sentó en una mesa próxima a una distancia de dos metros de ella. El fallo destaca que el hombre “era perfecto conocedor de lo que estaba haciendo” y de lo que implicaba.
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