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El Tribunal Supremo ratifica la condena por un delito de drogas en Cella El Tribunal Supremo ratifica la condena por un delito de drogas en Cella
Imagen de la localidad de Cella. Archivo

El Tribunal Supremo ratifica la condena por un delito de drogas en Cella

Los implicados fabricaban también speed
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El Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia condenatoria impuesta por la Audiencia Provincial de Teruel a cinco personas implicadas en la venta de drogas desde la localidad de Cella, en donde además se dedicaban a la fabricación de speed, una droga de diseño a base de mezclar anfetaminas con metanol, ácido sulfúrico, amoníaco y otras sustancias.

El caso fue juzgado el año pasado si bien la detención por parte de la Guardia Civil tuvo lugar a mediados del año 2021, en una operación que tuvo mucha proyección mediática debido al desmantelamiento del laboratorio doméstico que tenían para la fabricación del speed, que elaboran tanto en una vivienda como en el local de una carpintería del polígono la Cañamera.

La Audiencia Provincial de Teruel condenó a un total de 29 años de prisión a las cinco personas implicadas en este caso, por el tráfico de drogas y que operaban desde Cella. La sentencia consideró probado que los cinco se dedicaban a la venta de sustancias estupefacientes, y que tres de ellos formaban parte de un grupo criminal.

Sentencia recurrida

La sentencia fue recurrida por tres de los acusados ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, que ratificó el fallo aunque admitió parcialmente el recurso. A los tres se les había impuesto una multa de 75.101,99 euros, con la responsabilidad subsidiaria de tener que cumplir otros seis meses más de prisión en caso de no abonarla.

El TSJA valoró que era improcedente ese incremento de la pena puesto que habían sido condenados a más de cinco años de prisión, y eso vulneraba un precepto dictado en el artículo 53.3 del Código Penal.

Contra ese fallo del TSJA dos de los acusados volvieron a presentar recurso de casación, en esta ocasión ante el Tribunal Supremo, que no lo ha admitido al entender que no están justificados los motivos alegados.

 

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