![Decretan el ingreso en prisión de un conductor por circular con un carné falso y sin haberlo obtenido](/uploads/diariodeteruel/contenidos/55562_img-20200507-wa0008-copia.jpg)
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Decretan el ingreso en prisión de un conductor por circular con un carné falso y sin haberlo obtenido
El vehículo fue interceptado en la A-23 en el término de La Puebla de ValverdeEl Juzgado de Instrucción número 2 de Teruel ha decretado el ingreso en prisión de un conductor, de nacionalidad argelina, como supuesto autor de delitos de falsedad documental, contra la seguridad vial y usurpación de estado civil, por conducir un vehículo a motor con un permiso español falso y carecer del mismo por no haberlo obtenido nunca.
El hombre, de 30 años, fue detenido por la Guardia Civil el pasado día 1 a la altura del km 100 de la autovía A-23, en el término municipal de Puebla de Valverde (Teruel), cuando fue requerido para su identificación y después de que los agentes constataran que circulaba con un carné falso, suplantando a otra persona, y por carecer del permiso de conducción en vigor, al no haberlo obtenido nunca.
Tanto el detenido como las diligencias, instruidas por el GIAT (Grupo de Investigación y Análisis de Tráfico) del Subsector de Tráfico de Teruel, fueron entregados en el Juzgado número 2 de Instrucción, cuyo titular decretó su ingreso en prisión, informa el instituto armado en una nota de prensa.
Riesgos
Dichas fuentes recuerdan que la conducción sin haber obtenido nunca el permiso correspondiente, constituye un riesgo para la seguridad vial, puesto que no se ha verificado que el conductor tenga los requisitos de capacidad, conocimientos y habilidad necesarios para la conducción de vehículos a motor o ciclomotores, y exterioriza un manifiesto desprecio por las normas mínimas de convivencia en el ámbito de la circulación.
Esta tipología delictiva puede llevar aparejada una pena de prisión de tres a seis meses o, alternativamente, la de multa de doce a veinticuatro meses o la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.
El delito de falsedad documental puede conllevar una pena de prisión de seis meses a tres años y una multa de seis a doce meses mientras que al de usurpación de estado civil le puede corresponder una pena de prisión de seis meses a tres años.
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