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Los patinetes eléctricos no pueden ya circular por aceras de la capital Los patinetes eléctricos no pueden ya circular por aceras de la capital
Un usuario de un patinete eléctrico pasa por el paseo del Óvalo el pasado verano

Los patinetes eléctricos no pueden ya circular por aceras de la capital

Se aplica el decreto a nivel nacional que se publicó en noviembre y se trabaja ya en una ordenanza
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La Policía Local de Teruel recuerda que la normativa en cuanto a la circulación vial de los Vehículos de Movilidad Personal entró en vigor el 2 de enero. Tras la publicación en el Boletín Oficial del Estado el 10 de noviembre de 2020 del Real Decreto 970/2020, donde se establecen modificaciones del Reglamento General de Circulación y del Reglamento General de Vehículos, estos Vehículos de Movilidad Personal (VMP), popularmente conocidos como patinetes eléctricos, pueden empezar a circular por las calles de igual modo que cualquier otro vehículo, y no podrán hacerlo nunca por las aceras o zonas peatonales, siendo éste un hecho susceptible de denuncia.

Además, en el plazo de dos años desde la publicación en el BOE del manual de características técnicas de los VMP (que será elaborado por el organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico),  éstos deberán disponer de un certificado para la circulación e identificación de estos vehículos.

La concejala de Policía Local y Seguridad Ciudadana, Ana Oliván, ha avanzado que este mes de enero el Ayuntamiento va a iniciar el proceso de consultas previas para posibilitar la participación de los ciudadanos en la elaboración de una ordenanza municipal que adapte la normativa a la capital y que se espera que pueda aprobarse en el primer trimestre del año. 

Según la normativa, estos VMP son vehículos de 1 o más ruedas, con una plaza única, motor eléctrico y una velocidad por construcción comprendida entre 6 y 25 km/h. Pueden tener un asiento o sillín y deben contar con un sistema de auto equilibrado. El sillín deberá situarse a una altura máxima de 54 cm. Si el vehículo puede circular a una velocidad máxima inferior a 6 km/h estará considerado un juguete, mientras que si su velocidad máxima es superior a 25 km/h quedará dentro de los vehículos regulados en el Reglamento de la Unión Europea 168/2013 y por tanto será necesario un permiso de conducción. También estarán en el ámbito de este Reglamento, y por tanto para conducirlos será necesario un permiso, aquellos VMP cuyo sillín se sitúe por encima de los  54 cm.

Hay que dejar clara la diferencia entre un patinete de juguete, que habitualmente llevan los niños, y estos VMP, que no dejan de ser vehículos que próximamente podrán ir por la calzada y que nunca pueden hacerlo por aceras o zonas peatonales. Los juguetes, por el contrario,  no pueden transitar por la calzada, debiendo  hacerlo por lugares especialmente habilitados para ellos (como el Skate Park) o por donde caminan los peatones siempre que se haga a paso de persona.

Por otro lado,  ese mismo Real Decreto 970/2020 establece  que las velocidades genéricas en vías urbanas pasarán de 50 km/h a 30 km/h  en vías de único carril por sentido de circulación, salvo circunstancias excepcionales, y que por tanto la casi totalidad de las vías de Teruel, por Disposición Reglamentaria de ámbito Estatal, verán modificadas las velocidades máximas. Este cambio entrará en vigor el día 12 de mayo de 2021. “Rogamos a todos los conductores, de VMP y del resto de vehículos, que extremen la precaución, pues la experiencia hasta el momento en la ciudad ha sido que, en los escasos accidentes en que se ha visto implicado uno de estos nuevos vehículos, su ocupante siempre ha resultado afectado con lesiones de distinta consideración”, concluyó.