La audiencia de Teruel condena a un hombre a cuatro años de prisión por estafar 370.415 euros a los clientes de un banco
Usó un documento de la entidad y falsificaba las firmasLa Audiencia Provincial de Teruel ha condenado a un hombre a 4 años de prisión por un delito continuado de falsedad en concurso con un delito continuado de estafa, al haberse apropiado de 370.415 euros a lo largo de varios años mediante la extracción acumulada de diversas cantidades de cuentas bancarias de otras personas haciendo uso de un documento facilitado por el banco con el que trabajaban las víctimas y falsificando sus firmas.
La sentencia, hecha pública por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, da por probado que el acusado, J. M. F. B., se apoderó de forma ilícita de esa cantidad de dinero desde septiembre de 2011 hasta enero de 2016, cuando el Banco Santander se percató de que estaba pasando algo e hizo unas comprobaciones. El acusado se valió para apropiarse de ese dinero de un documento expedido por la entidad bancaria, que es quien lo denunció, para poder realizar operaciones con los clientes.
Dicho documento, según la sentencia, es de uso exclusivo de los agentes colaboradores, que en este caso se había entregado a la esposa por ser ella la que mantenía una relación profesional con la entidad bancaria al ser la agente colaboradora.
Para sacar el dinero, el acusado rellenaba el apartado de reintegro de dichos documentos y falsificaba la firma de los clientes, para posteriormente acudir a la sucursal que el Santander tiene en la localidad de Híjar, según relata la sentencia de la Audiencia Provincial.
En la entidad presentaba los documentos falsificados junto a las copias de los DNI de los clientes afectados, y solicitaba el reintegro en efectivo de las cantidades que constaban en los mismos, “todo ello sin el conocimiento ni consentimiento de los perjudicados, ni de su esposa”, de cuya confianza se aprovechó, precisa la sentencia.
Una veintena de estafados
Los estafados son una veintena de personas, entre las que hay varios matrimonios, que en el juicio manifestaron no haber firmado esos documentos de reintegro. La prueba pericial constató además que las rúbricas no eran de los clientes y que la caligrafía era atribuible al acusado.
Este en cambio negó en la vista haberse apropiado de dinero alguno, si bien reconoció haber retirado cantidades y dárselas a la que entonces era su esposa, que era la que cuadraba la caja por ser la agente del banco. La Audiencia señala que las manifestaciones del acusado están en “clara contradicción” con un documento atribuible a él en el que “con claridad reconoció ante la entidad bancaria su responsabilidad y que su esposa no tenía ni tuvo que ver en la trama”. El fallo de la Audiencia tiene en cuenta la “nula fiabilidad” de la declaración del acusado durante el juicio oral.
La sentencia reconoce la atenuante de dilaciones indebidas por la falta de medios personales para la práctica de las pruebas periciales caligráficas, si bien no la aprecia como muy cualificada como solicitaba la defensa del acusado. Valora además al imponer la pena privativa de libertad que se trate de un delincuente primario.
Además de los 4 años de prisión le impone una multa de 2.100 euros e indemnizar al Banco Santander con los 370.415,43 euros que estafó a los clientes, y que la entidad devolvió a los mismos cuando se destaparon los hechos. También le impone el pago de las costas procesales.