El Rambo de Requena entrando a los juzgados de Teruel. Antonio García
El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia que condenó a 27 años de cárcel a Pedro Lozano Jiménez, conocido como el Rambo de Requena, por el intento de homicidio de dos guardias civiles a los que disparó durante su fuga por la sierra de Teruel, uno de los cuales resultó herido de gravedad, en 2020.
En una sentencia con fecha del 20 de septiembre y a la que ha tenido acceso EFE, los magistrados del Supremo desestiman el recurso de casación que interpuso la defensa de Pedro Lozano a la sentencia promulgada por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón en octubre de 2022, que a su vez ratificaba la pronunciada en primera instancia por la Audiencia de Teruel en abril del mismo año.
En el recurso, el abogado del Rambo de Requena alegaba ausencia de motivación de la sentencia; que los hechos eran constitutivos de un delito de lesiones graves, en lugar de homicidio en grado de tentativa, y error en la apreciación de la prueba.
Los magistrados del Supremo desmontan estos argumentos y entienden que en el recurso de casación presentado por la defensa del condenado a la sentencia del TSJA falta motivación y no tiene "el mínimo desarrollo".
Asimismo, entienden suficientemente valoradas las pruebas que llevaron a los jueces de la Audiencia Provincial de Teruel y del TSJA a considerar que la condena debía ser por intento de homicidio.
Se refieren de este modo a que el ánimo de matar que tuvo Pedro Lozano se fundamenta en el empleo de un arma mortífera, alterada en su configuración física para incrementar su capacidad de causar la muerte, y en el disparo en las dos ocasiones seguidas en dirección al lugar donde se encontraban los agentes, logrando alcanzar a uno en el brazo y abdomen.
La presencia en la provincia de Teruel del Rambo de Requena fue detectada en junio de 2020, después de protagonizar diversos delitos violentos en la Comunidad de Valencia y protagonizar una larga fuga por zonas boscosas y de campo.
El tribunal consideró probado que Pedro Lozano se refugió en una casa ubicada en el municipio turolense de El Castelar hasta el 8 de junio de ese año, momento en el que decidió reanudar su fuga hasta Muniesa, donde quedó arrinconado y se enfrentó con una escopeta a los agentes, uno de los cuales resultó herido de gravedad en un brazo y el abdomen.
Finalmente, tras estrellar un vehículo en Andorra y obligar a un conductor a que le llevara en dirección a Albalate del Arzobispo, Lozano se apeó de este ultimo coche y continuó su camino a pie, antes de ser interceptado en una zona agreste, donde tras enfrentarse a los agentes que le perseguían recibió un disparo mientras trataba de ocultarse en unos arbustos.
En una sentencia con fecha del 20 de septiembre y a la que ha tenido acceso EFE, los magistrados del Supremo desestiman el recurso de casación que interpuso la defensa de Pedro Lozano a la sentencia promulgada por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón en octubre de 2022, que a su vez ratificaba la pronunciada en primera instancia por la Audiencia de Teruel en abril del mismo año.
En el recurso, el abogado del Rambo de Requena alegaba ausencia de motivación de la sentencia; que los hechos eran constitutivos de un delito de lesiones graves, en lugar de homicidio en grado de tentativa, y error en la apreciación de la prueba.
Los magistrados del Supremo desmontan estos argumentos y entienden que en el recurso de casación presentado por la defensa del condenado a la sentencia del TSJA falta motivación y no tiene "el mínimo desarrollo".
Asimismo, entienden suficientemente valoradas las pruebas que llevaron a los jueces de la Audiencia Provincial de Teruel y del TSJA a considerar que la condena debía ser por intento de homicidio.
Se refieren de este modo a que el ánimo de matar que tuvo Pedro Lozano se fundamenta en el empleo de un arma mortífera, alterada en su configuración física para incrementar su capacidad de causar la muerte, y en el disparo en las dos ocasiones seguidas en dirección al lugar donde se encontraban los agentes, logrando alcanzar a uno en el brazo y abdomen.
La presencia en la provincia de Teruel del Rambo de Requena fue detectada en junio de 2020, después de protagonizar diversos delitos violentos en la Comunidad de Valencia y protagonizar una larga fuga por zonas boscosas y de campo.
El tribunal consideró probado que Pedro Lozano se refugió en una casa ubicada en el municipio turolense de El Castelar hasta el 8 de junio de ese año, momento en el que decidió reanudar su fuga hasta Muniesa, donde quedó arrinconado y se enfrentó con una escopeta a los agentes, uno de los cuales resultó herido de gravedad en un brazo y el abdomen.
Finalmente, tras estrellar un vehículo en Andorra y obligar a un conductor a que le llevara en dirección a Albalate del Arzobispo, Lozano se apeó de este ultimo coche y continuó su camino a pie, antes de ser interceptado en una zona agreste, donde tras enfrentarse a los agentes que le perseguían recibió un disparo mientras trataba de ocultarse en unos arbustos.