Síguenos
El periodo de quemas agrícolas comienza este lunes en Aragón y se prolongará hasta el 31 de marzo El periodo de quemas agrícolas comienza este lunes en Aragón y se prolongará hasta el 31 de marzo

El periodo de quemas agrícolas comienza este lunes en Aragón y se prolongará hasta el 31 de marzo

banner click 244 banner 244

El tradicional periodo de quemas agrícolas comienza este lunes en Aragón, aunque debido al episodio excepcional de altas temperaturas y la ausencia de lluvias previsiblemente se retrasará el inicio del mismo, que se extiende hasta el 31 de marzo.

Como han informado desde el Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón, estas quemas controladas únicamente se autorizan en los días en los que el riesgo de incendios forestales lo permite, que son aquellos en los que el Índice de Riesgo por Uso del Fuego (IRUF, también conocido como Índice de autorización de quemas) se encuentra en color verde para la zona donde se va a realizar el fuego.

A este cálculo, que se basa en las condiciones meteorológicas y en la disponibilidad de combustible, se suma que esta práctica solo se puede realizar en días con viento en calma.

Debido a la situación meteorológica es previsible que el valor del IRUF no resulte verde en ninguna zona del territorio aragonés hasta que lleguen las lluvias y bajen de forma generalizada las temperaturas, por lo que, “en la práctica, se podría retrasar el inicio del periodo de quemas”.

Por tanto, los interesados deberán consultar el ÍRUF, dado que solo se pueden realizar cuando el riesgo de incendios esté en color verde, y hacer sus solicitudes para las quemas o para el uso de fuego recreativo a través de la aplicación web para usos del fuego o en las Oficinas Comarcales Agroambientales (OCAs) y en las Áreas Medioambientales que se encuentran distribuidas por todo el territorio.

En el caso de grandes explotaciones (más de 49 trabajadores y volumen de negocios superior a los 10 millones de euros) es necesario solicitar autorización al Servicio Provincial del Departamento a través del Registro electrónico general.

La realización de quemas agrícolas o forestales en terrenos definidos como monte, así como en terrenos destinados a cualquier uso que estén incluidos en la franja de 400 metros alrededor de monte requieren de autorización o comunicación previa, en función del tipo de restos vegetales a quemar, su continuidad y la época de ejecución de las quemas.

Aquí se excluyen los terrenos de los núcleos de población y de instalaciones industriales o de otra índole que queden aislados por una línea de edificación que garantice la imposibilidad de propagación del fuego a áreas adyacentes.

En cuanto a las quemas de restos vegetales que no tengan continuidad espacial como, por ejemplo, restos de poda en montones, deberán notificarse al Servicio Provincial correspondiente con una antelación de 7 días hábiles.

Y la quema de restos que presentan continuidad espacial requerirá de autorización específica, en la página web del Gobierno de Aragón.

Medidas preventivas en las quemas agrícolas

Desde el departamento competente recuerdan además que las personas que realicen quemas controladas deberán cumplir, como mínimo, medidas preventivas como que exista una faja sin combustible vegetal de anchura suficiente alrededor de la zona a quemar o comunicar a los colindantes el día y hora de la quema, al menos con tres días de antelación.

Deben además cumplir con el horario indicado para la quema, en función de la época del año, quemar solo con viento en calma, no abandonar la vigilancia de la zona hasta que el fuego esté totalmente apagado y haya transcurrido un tiempo sin que se observen llamas o brasas incandescentes, tomar todas las medidas oportunas para evitar la propagación del fuego, siendo responsable de los daños que puedan producirse, y estar en posesión de la autorización, que podrá ser requerida por los agentes de la autoridad.

El uso recreativo del fuego, permitido en infraestructuras habilitadas

También desde el 16 de octubre, el uso del fuego en instalaciones de carácter recreativo, cultural y similares, como es el caso más general de las barbacoas, está permitido en infraestructuras especialmente habilitadas para ello o que expresamente se autorice.

Estas infraestructuras serán de obra, fijas y de carácter permanente, cerradas por al menos tres costados y techo y con chimenea provista de matachispas.

Alrededor de estos lugares existirá una discontinuidad suficiente de material no combustible y deberán contar con medios de extinción.

Prácticas prohibidas en cualquier época del año

Desde el Gobierno de Aragón recuerdan igualmente que existen ciertas prácticas que están prohibidas durante todo el año, y no solo en la época de peligro de incendios forestales, que va del 1 de junio al 15 de octubre.

Estas son el uso de fuego en terrenos al aire libre, mediante combustibles sólidos que generen residuos en formas de brasas o cenizas, fuera de las excepciones previstas; arrojar o depositar en terrenos al aire libre materiales en ignición, como fósforos, cigarrillos, brasas o cenizas o usar cartuchos de caza con tacos de papel u otros materiales combustibles.

También arrojar fuera de contenedores o vertederos residuos que puedan provocar o facilitar la combustión (vidrios, botellas, papeles, plásticos, materias orgánicas…); disparar o prender cohetes u otros explosivos similares cuando su alcance pueda incidir sobre terrenos forestales y elevar globos o artefactos incontrolados que produzcan o contengan fuego.