El 15 % de las 2.800 viviendas de uso turístico registradas en Aragón están en la provincia de Teruel
Este tipo de negocios deberán tener un certificado de idoneidadEl Consejo de Gobierno de Aragón aprobó el nuevo decreto que regulará las viviendas de uso turístico en la Comunidad que, una vez que entre en vigor, dentro de tres meses, obligará a este tipo de alojamientos a contar con un certificado de idoneidad y unos requisitos mínimos respecto de sus características y dimensiones en las diferentes estancias.
Así lo explicó en la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Gobierno el consejero de Industria y Turismo, Arturo Aliaga, quien subrayó que Aragón necesita “una norma seria para regular una nueva actividad” que ya cuenta con 2.800 viviendas de este tipo, el 15 % en la provincia de Teruel, el 22 % en la de Zaragoza y el resto en la de Huesca.
Cifras que, según Aliaga, han dado lugar a una reflexión para establecer que estas viviendas tienen unas condiciones de calidad en la prestación del servicio en cuanto a salubridad, climatización, volumen o de número de personas a alojar y un certificado en el que el propietario garantice que se cumplen esas condiciones.
Se trata de un mecanismo de garantía que deberá ser emitido por un técnico competente que acreditará que cumple los requisitos en materia de habitabilidad y seguridad.
Además, deberán quedar especificados los requisitos mínimos que tendrán cumplir en relación con las características y dimensiones mínimas de sus diferentes estancias.
Según el decreto, las viviendas de uso turístico estarán compuestas, como mínimo, por un salón-comedor, cocina, dormitorio doble y baño mientras que tendrán la consideración de estudios aquellas viviendas de uso turístico en las que el dormitorio esté integrado en un salón-comedor-cocina, sin que puedan sobrepasar una capacidad máxima de dos plazas.
Además de las dimensiones mínimas de las estancias de este tipo de alojamientos, el decreto aclara también que la capacidad total instalada en la vivienda de uso turístico, incluyendo los sofás-cama u otros elementos de descanso similares instalados en el salón, no podrá superar la capacidad máxima alojativa de la vivienda y no se podrán instalar camas fijas en el salón.
Papel de los ayuntamientos
Además, se otorga a los ayuntamientos la capacidad de participar en el proceso mediante evaluaciones preceptivas y vinculantes, si la vivienda de uso turístico tiene carácter residencial y se ajusta a la normativa municipal sobre edificación, así como si la actividad de alojamiento turístico que se propone es conforme con el uso urbanístico previsto por la normativa municipal y cumple con las condiciones específicas.
Por otra parte, las administraciones locales tendrán capacidad para evaluar si la actividad de alojamiento turístico cumple las directrices de ordenación territorial y los titulares de la vivienda deberán indicar en su declaración responsable que los estatutos de la comunidad de propietarios o los acuerdos de la junta de propietarios no limitan o condicionan el uso la misma impidiendo el ejercicio de la actividad turística.
No obstante, preguntado por la posibilidad de que los ayuntamientos limiten el número de este tipo de viviendas en su localidad, el consejero de Industria y Turismo ha recordado que “hay libertad de empresa” y es un “derecho” del propietario que, si bien, “tiene que cumplir condiciones urbanísticas de idoneidad en el planeamiento urbano”.
El titular de la vivienda de uso turístico deberá disponer de un plano acotado, firmado por el técnico competente.
Desde 2021, por la modificación de la ley de tasas aragonesas, se ha introducido el cobro de una tasa por prestación de servicios administrativos en materia turística, como la tramitación y comprobación de la declaración responsable previa al inicio de la actividad, modificación o reforma de una vivienda de uso turístico, cuya tarifa será de 130 euros y que comenzará a cobrarse a partir del 23 de octubre de 2023.