Mayte Pérez, consejera de Presidencia, en el acto de firma del Fite de 2022
Convocadas ayudas del Fite por 1,5 millones para fundaciones sin ánimo de lucro
Las subvenciones pueden llegar a ser del cien por cien de la inversión
El Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales del Gobierno de Aragón ha convocado ayudas por valor de 1,5 millones de euros con cargo del Fondo de Inversiones de Teruel (Fite) destinadas a proyectos de inversión de fundaciones sin ánimo de lucro en la provincia, que podrán llegar a ser de hasta el cien por cien de la inversión subvencionable.
La orden por la que se convocan estas ayudas apareció publicada esta semana en el Boletín Oficial de Aragón (BOA) y a partir de hoy las fundaciones que quieran optar a las mismas dispondrán de 15 días hábiles para presentar las solicitudes.
Esta convocatoria está destinada a subvencionar proyectos de inversión que promuevan, directa o indirectamente, la creación de renta y riqueza en la provincia de Teruel, generando empleo o fijando población.
La orden incide especialmente en las actuaciones de inversión destinadas a la generación de nuevo patrimonio cultural, medioambiental y social en la provincia, o bien para la modernización, ampliación o acondicionamiento del ya existente.
La convocatoria publicada en el BOA indica que estas ayudas por un montante total de un millón y medio de euros serán con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel de los años 2020 y 2021. Precisa que la cuantía individualizada de la subvención podrá llegar a ser del cien por cien de la inversión subvencionable, y que las subvenciones serán compatibles con otras ayudas o ingresos para la misma finalidad, siempre que su cuantía no supere el coste de la inversión subvencionada.
Se considerarán subvencionables las inversiones realizadas y pagadas entre el 1 de enero de 2021 y el 29 de diciembre de 2023, y los gastos subvencionables serán aquellos destinados a la creación o adquisición de bienes de capital y de bienes de naturaleza inventariable que sean
necesarios para el funcionamiento operativo de los servicios, así como aquellos gastos de naturaleza inmaterial que tengan carácter amortizable.
El gasto amortizable se considerará aquel que contribuya al mantenimiento de la actividad del beneficiario en ejercicios futuros, siempre que se acredite en el momento de la justificación que estos se imputan en su documentación contable como gastos amortizables.
También serán subvencionables los gastos de redacción de proyecto, direcciones, estudios geotécnicos o similares, hasta un 20% de ejecución material. La orden precisa que lo serán siempre y cuando sean “indispensables para la adecuada preparación o ejecución” de la actuación, excepto cuando la redacción del proyecto sea el objeto de la subvención. Además, si al final no se ejecuta la obra, se considerarán no subvencionables.
En el caso de la adquisición de terrenos o inmuebles, solo se aceptarán aquellos proyectos de inversión en los que se acredite la imposibilidad de adquirirlos con recursos propios del beneficiario. También se considerarán subvencionables los gastos de asesoría jurídica o financiera, gastos de garantía bancaria, notariales y registrales, así como periciales y de la administración específicos solo si están directamente relacionados con la actividad subvencionada y son indispensables.
Las fundaciones sin ánimo de lucro que podrán acogerse a estas ayudas tienen que tener su sede social en la provincia de Teruel y tener una antigüedad mínima de diez años desde su constitución. Se acepta que cumplan esa década a lo largo de este año.
La evaluación de las solicitudes se hará mediante concurrencia competitiva, para lo cual se ha establecido un baremo de puntuación en el que se tiene en cuenta el tipo de actividad principal que desarrollan, el empleo creado en los tres últimos años, la experiencia y la despoblación.
En cuanto al tipo de actividad, se valorarán con la puntuación máxima aquellas actividades que tengan que ver con el patrimonio cultural y el ambiental, mientras que las del patrimonio social recibirán la mitad de puntuación.
La experiencia será otro factor a tener en cuenta en la valoración de las solicitudes que se presenten, así como los puestos de trabajo directo, además de los criterios de despoblación.
La orden por la que se convocan estas ayudas apareció publicada esta semana en el Boletín Oficial de Aragón (BOA) y a partir de hoy las fundaciones que quieran optar a las mismas dispondrán de 15 días hábiles para presentar las solicitudes.
Esta convocatoria está destinada a subvencionar proyectos de inversión que promuevan, directa o indirectamente, la creación de renta y riqueza en la provincia de Teruel, generando empleo o fijando población.
La orden incide especialmente en las actuaciones de inversión destinadas a la generación de nuevo patrimonio cultural, medioambiental y social en la provincia, o bien para la modernización, ampliación o acondicionamiento del ya existente.
La convocatoria publicada en el BOA indica que estas ayudas por un montante total de un millón y medio de euros serán con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel de los años 2020 y 2021. Precisa que la cuantía individualizada de la subvención podrá llegar a ser del cien por cien de la inversión subvencionable, y que las subvenciones serán compatibles con otras ayudas o ingresos para la misma finalidad, siempre que su cuantía no supere el coste de la inversión subvencionada.
Se considerarán subvencionables las inversiones realizadas y pagadas entre el 1 de enero de 2021 y el 29 de diciembre de 2023, y los gastos subvencionables serán aquellos destinados a la creación o adquisición de bienes de capital y de bienes de naturaleza inventariable que sean
necesarios para el funcionamiento operativo de los servicios, así como aquellos gastos de naturaleza inmaterial que tengan carácter amortizable.
El gasto amortizable se considerará aquel que contribuya al mantenimiento de la actividad del beneficiario en ejercicios futuros, siempre que se acredite en el momento de la justificación que estos se imputan en su documentación contable como gastos amortizables.
Gastos subvencionables
También serán subvencionables los gastos de redacción de proyecto, direcciones, estudios geotécnicos o similares, hasta un 20% de ejecución material. La orden precisa que lo serán siempre y cuando sean “indispensables para la adecuada preparación o ejecución” de la actuación, excepto cuando la redacción del proyecto sea el objeto de la subvención. Además, si al final no se ejecuta la obra, se considerarán no subvencionables.
En el caso de la adquisición de terrenos o inmuebles, solo se aceptarán aquellos proyectos de inversión en los que se acredite la imposibilidad de adquirirlos con recursos propios del beneficiario. También se considerarán subvencionables los gastos de asesoría jurídica o financiera, gastos de garantía bancaria, notariales y registrales, así como periciales y de la administración específicos solo si están directamente relacionados con la actividad subvencionada y son indispensables.
Las fundaciones sin ánimo de lucro que podrán acogerse a estas ayudas tienen que tener su sede social en la provincia de Teruel y tener una antigüedad mínima de diez años desde su constitución. Se acepta que cumplan esa década a lo largo de este año.
La evaluación de las solicitudes se hará mediante concurrencia competitiva, para lo cual se ha establecido un baremo de puntuación en el que se tiene en cuenta el tipo de actividad principal que desarrollan, el empleo creado en los tres últimos años, la experiencia y la despoblación.
En cuanto al tipo de actividad, se valorarán con la puntuación máxima aquellas actividades que tengan que ver con el patrimonio cultural y el ambiental, mientras que las del patrimonio social recibirán la mitad de puntuación.
La experiencia será otro factor a tener en cuenta en la valoración de las solicitudes que se presenten, así como los puestos de trabajo directo, además de los criterios de despoblación.
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