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Cuando tu casa esconde un verdadero tesoro que sale a la luz en unas obras Cuando tu casa esconde un verdadero tesoro que sale a la luz en unas obras
Información sobre un hallazgo publicada en DIARIO DE TERUEL

Cuando tu casa esconde un verdadero tesoro que sale a la luz en unas obras

Albarracín ha dejado varios descubrimientos al realizar reformas en casas particulares
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“Yo vi unas cosas que parecían hojalata, porque está tan mal cortado eso, que no es redondo como yo conozco las monedas”. Esos trozos viejos que tenían un aspecto poco atractivo para el ojo inexperto eran en realidad 5.000 monedas de cobre, plata y oro del siglo XVII pero su descubridor las definía así. Las obras en un pilar de una casa particular en Albarracín mostraban este descubrimiento que, leíamos hace 25 años, tenían un valor estimado entonces de 25 millones de pesetas. No era la primera vez que la villa de los Azagra  mostraba la riqueza histórica escondida bajo sus pies, y en algún caso llegó hasta los tribunales, porque la Historia es de todos pero ¿y el tesoro?

La noticia la leíamos un 14 de diciembre de 1994 en la portada de este periódico: Aparecen en Albarracín más de 5.000 monedas de oro, plata y cobre del S.XVII. El hallazgo se había producido en una vivienda familiar cuando un padre y un hijo realizaban unas obras de reparación de un pilar que estaba en mal estado. Estaba todo revuelto en una vasija y lleno de tierra, y como estaban tan sucias no tomé ninguna medida contaba a este periódico el dueño de la vivienda, Anselmo Lahuerta aquellos días. Lahuerta es un hombre amable y sencillo que nació en Ojos Negros hace 68 años, pero de muy niño, con apenas uno o dos, se trasladó a Albarracín para residir desde entonces en esta casa de la parte alta donde vivió con sus padres, y ellos ya habían compartido con los abuelos, describía el redactor. 

De este modo justificaba, en cierta medida, que el hombre estuviera convencido de que las monedas no tenían tanto valor como decían: Al principio apenas les dio importancia y solo al limpiar algunas avisaron a Octavio Collado, que se dio cuenta de la importancia del hallazgo. 

Collado era director de las excavaciones que se hacían en el castillo y contaba a este periódico que el estado de las monedas era casi perfecto y que no solo eran estas valiosas sino también la alcuza en la que se encontraban, que tendría un valor de 500.000 pesetas. Monedas y alcuza aparecían fotografiadas en la información del periódico que cifraba su valor entre los 20 y los 25 millones de pesetas, y que pasaron después del hallazgo a la Guardia Civil tras comunicarlo los dueños de la casa y después quedaron en depósito en el Museo provincial.

En la información de detalle del hallazgo leíamos que en la alcuza había 43 monedas de 2 escudos de oro de Carlos II, de los años 1672 al 1695; dos monedas de 4 escudos de oro de Felipe IV de principios del siglo XVII; 32 monedas de 2 reales de la segunda mitad del siglo XVII y 5.266 monedas de cobre de cuatro maravedíes, de Felipe IV, del año 1661.

Incredulidad

De verdad, como no entendemos de estas cosas, no me llevé ningún susto ni nada decía Lahuerta a este periódico. Al decirle el valor económico que tenía el hallazgo el afortunado descubridor del tesoro se ríe: “Ya se sabe que la gente aumenta más y pone lo que quiere. Nada, yo creo que no, a mucho tirar no creo que valga seis u ocho millones y ya es tirar. Porque si hubiera sido oro o plata... pero es casi todo cobre, no tiene tanto valor. La gente exagera, de una pulga hace un caballo, pero no me lo creo, para mi no es una cosa de tanta importancia”. 

Y es que la noticia había causado cierto revuelto entre los vecinos y amigos: “La gente está por ahí revolucionada, ¡huy lo que ha salido!, como le han dado tanto bombo, por eso ha sido. No es para tanto la cosa, no es tan fiero el león como lo pintan. Yo desde luego no espero nada, lo he entregado porque me dijeron que había que entregarlo, pero otra cosa no espero” aseguraba Lahuerta.

Litigio

A hilo del hallazgo, este periódico recordaba que unos años antes se había dado un caso parecido en Albarracín, después de derribar una finca próxima a la Brigadiera. En aquella ocasión, leíamos, el tesoro estaba integrado únicamente por monedas de oro. Y contaba que la finca en la que se halló fue vendida por sus propietarios al Ayuntamiento de Albarracín, que tenía un acuerdo con el Gobierno para la construcción de un albergue o parador de turismo. 

El acuerdo, continuaba la noticia, no se llevó a efecto y la corporación municipal enajenó el edificio a un constructor de la localidad que fue, finalmente, quien encontró las monedas. Tras el litigio interpuesto por los primitivos propietarios, según los cuáles conocían la existencia de un tesoro escondido y así lo hicieron constar en la venta al Ayuntamiento, los tribunales fallaron a favor del empresario.

El arqueólogo de Qualcina Javier Ibáñez recuerda que en 1994, a falta de legislación autonómica, regía la estatal, la Ley 16/1985 de Patrimonio Histórico Español. Según esta normativa, tanto los materiales arqueológicos recuperados en intervenciones arqueológicas, como los descubiertos por azar se consideraban de dominio público. En este último caso, explica Ibáñez, debía ponerse en conocimiento de la Administración competente (en 1994 ya lo era la Diputación General de Aragón) en un plazo máximo de 30 días.

Sí se establecía que, como compensación, el descubridor y el propietario del terreno en el que se hubiera efectuado el hallazgo, tenían derecho a la mitad del valor que en tasación legal se le atribuyera a las piezas, debiéndose distribuir a partes iguales.

Sin embargo, si el hallazgo no se comunicaba en tiempo y forma o no se procedía al depósito del mismo según lo regulado, se perdía todo derecho a la compensación, con independencia de las responsabilidades y sanciones que ello podía conllevar.

En la actualidad, es de aplicación la Ley 3/1999, de Patrimonio Cultural Aragonés y el artículo 69 es el que se dedica a regular los hallazgos. Ibáñez aclara que se recogen las mismas prescripciones que la Ley 16/1985, “aunque con un pequeño matiz, los hallazgos casuales se deben comunicar inmediatamente”. Las compensaciones son las mismas y la pérdida de las mismas y el riesgo de sanciones por incumplimiento es similar.

“Ni que decir tiene, que el derecho de compensación no existe cuando el hallazgo se efectúa en el curso de excavaciones arqueológicas” aclara este experto, “ni en un yacimiento arqueológico conocido, en el que está taxativamente prohibido hacer remociones del terreno o recoger materiales superficiales, sin el correspondiente permiso de intervención arqueológica”.

Normativa

El arqueólogo Javier Ibáñez destaca además que en 2014, mediante el art. 38 de la Ley 2/2014 de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón, se modificó la Ley de Patrimonio Aragonés, agregando un nuevo artículo, el 69 bis, por el que “se impone la obligación de que el uso de detectores de metales y otros instrumentos o técnicas que permitan localizar restos arqueológicos, deba estar previamente autorizado por la Dirección General competente en materia de Patrimonio Cultural”, y ello, aunque dichos aparatos no se estén utilizando en yacimientos arqueológicos, ni los que lo quieran utilizar estén buscando restos arqueológicos.