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Solicitan 3 años de cárcel para Guillén, Garcés y Martín por el caso del Jamón

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Clemente Garcés y María Pilar Martín cuando fueron elegidos vicepresidente y presidenta del Consejo Regulador de la Denominación de Origen en el año 2009

Solo tres personas tendrán que sentarse finalmente en el banquillo de los acusados por el caso del Jamón de Teruel.

Solo tres personas tendrán que sentarse finalmente en el banquillo de los acusados por el caso del Jamón de Teruel. Serán el exgerente Fernando Guillén, el exvicepresidente Clemente Garcés y la expresidenta María Pilar Martín, que se enfrentan cada uno de ellos a penas de 3 años de prisión por un delito de apropiación indebida, y al pago de una indemnización de 300.000 euros al Consejo Regulador de la Denominación de Origen (CRDO), además de una multa en cada caso de 6.000 euros, según la petición de la Fiscalía. El Juzgado de Instrucción número 3 de Teruel, que instruye la causa desde hace casi tres años, ha decretado ya la apertura de juicio oral.

El resto de los investigados sobre los que todavía no se había sobreseído la causa tras los últimos recursos fallados por la Audiencia provincial, quedan ya fuera de la misma al haberse archivado también para ellos, según recoge un auto del juez que lleva fecha del pasado jueves. El juez también ha acordado el sobreseimiento parcial del resto de delitos que inicialmente se habían incoado.

Además, el magistrado en su auto declara que el órgano competente para juzgar estos hechos es la Audiencia Provincial, a la vez que requiere a los acusados que aporten una fianza conjunta y solidaria en la cantidad de 300.000 euros, más un tercio de dicha cantidad, para asegurar las responsabilidades pecuniarias que pudieran imponérseles.

Para ello el juez fija el plazo de "una audiencia", es decir solo un día hábil, y apercibe de que en caso de no cumplirse con ello se procederá a embargar bienes en cantidad suficiente para asegurar esa suma.

El procedimiento por el caso del Jamón llega así a su fin, a la espera de que se celebre la vista oral, tras casi tres años de diligencias judiciales en el Juzgado de Instrucción número 3 de Teruel, después de que a principios del año 2014 el expresidente del CRDO, Eugenio García, denunciara en Comisaría presuntas irregularidades en la gestión del Consejo Regulador.

El auto de apertura de juicio oral, con fecha del pasado 1 de diciembre, se ha producido con una gran celeridad si se compara con los casi tres años de instrucción que se llevan. La calificación de la Fiscalía, donde se recogen los delitos las peticiones de pena, así como la solicitud de apertura de juicio, lleva fecha de salida de la Fiscalía de Teruel del día 29 de noviembre, es decir, el pasado martes, y el auto del juez fue dictado dos días después, el 1 de diciembre.

Al final, el caso del Jamón se ha desinflado con respecto a las primeras imputaciones tanto en número de investigados como en delitos presuntamente cometidos. Ha llegado a haber más de veinte investigados y cuando el juez instructor dictó auto de procedimiento abreviado en abril pasado, lo hizo contra diecisiete personas, aunque finalmente solo se juzgará a tres.

Además, serán juzgados por un único delito, el de apropiación indebida de 300.000 euros que deberán devolver al Consejo Regulador de forma solidaria. El ministerio público entiende que es esa la cantidad de la que se apropiaron mediante una falta de control para atentar contra el patrimonio del CRDO.

En este sentido, las conclusiones provisionales de la Fiscalía señalan que "hubo un deliberado déficit en el control interno del área de compras-gastos ejercido por los acusados como órganos de administración del CRDO y Promorigen S.L., atentando contra el patrimonio de los mismos y en perjuicio del resto de socios y miembros".

Es el único ilícito penal que aprecia la Fiscalía, cuando en el auto de procedimiento abreviado de abril pasado, el juez instructor apreciaba también la existencia de delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social, y un delito societario de negación de documentos. Además, a lo largo de todo el procedimiento se han llegado a investigar otros asuntos, entre ellos la concesión de subvenciones públicas. Lo que hacían los acusados, según el ministerio público, fue descapitalizar el CRDO a través de los gastos que realizaban desde Promorigen, filial dedicada a la promoción de este producto agroalimentario.

La calificación de la Fiscalía que ha dado paso a la apertura de juicio oral considera que las únicas personas que han incurrido en un supuesto ilícito penal son el exgerente, el exvicepresidente y la expresidenta del CRDO, al ser quienes ocupaban entre los años 2009 y 2013 posiciones de alta dirección en el Consejo y en Promorigen SL.

En connivencia

Sostiene el ministerio público que eran estas tres personas las que disponían de funciones de gestión "reales, principales y directas, con un dominio funcional de los actos dispositivos patrimoniales y económicos, o cuanto menos de connivencia con estos", no siendo ninguno de los tres "ajenos o ignorantes" de lo que estaba ocurriendo.

El fiscal entiende que se produjo un "indebido e ilícito vaciado financiero del CRDO con fines espurios, teniendo en cuenta lógicamente que los acusados gestionaban un dinero común aportado pública y privadamente por instituciones públicas y socios o miembros de la Denominación de Origen".

El escrito de acusación considera que el exgerente, Fernando Guillén, era quien llevaba directamente la gestión y control de todo, mientras que entiende que Clemente Garcés, vicepresidente del Consejo y apoderado mancomunado de Promorigen tenía que estar al tanto de todo. En este sentido, el escrito de Fiscalía señala que sin el concurso de este, "no eran posibles en buena medida actividades de disposición u operaciones, como entre otras, la excesiva e indebida facturación fraudulenta de la filial a la principal, así como extracciones y cargos directos o en connivencia con los otros acusados". Lo mismo aprecia para el caso de la expresidenta, María Pilar Martín.

La Fiscalía argumenta que "por el volumen de gastos indebidos o desproporcionados, provocados o consentidos por los acusados en ilícito ánimo de lucro" desde Promorigen, se "descapitalizó desde el punto de vista financiero al CRDO".

Señala en este sentido el ministerio público que todas las pérdidas de la filial le causaban un permanente estado de cuentas con patrimonio "neto negativo", situación provocada por una "decisión más o menos activa de los acusados", y que eran repuestas por el CRDO con dinero efectivo "para que el patrimonio de Promorigen SL fuera positivo y se obviase estar en causa estructural de disolución".

Incide la acusación pública que los tres acusados eran conocedores del balance y del patrimonio negativo de Promorigen, y que a pesar de ello no solo no hicieron nada para solventarlo o disolver la sociedad, sino que "decididamente y en beneficio propio y contra los intereses del resto de miembros y aportantes del CRDO", lo que hicieron fue aprovecharse de la situación.

Sostiene el escrito del fiscal en este sentido que los ingresos de Promorigen no eran correctos puesto que vivía de lo que facturaba al CRDO, las compras y gastos eran superiores a los pertinentes, y las actividades que hacían, que implicaban gastos y compras, "superaban con creces lo que se podían permitir y no tenían ingresos suficientes para ello".

"Gastos inflados" o "excesos" que causaron la descapitalización del CRDO

El escrito de calificación provisional de la Fiscalía, por el que se piden penas de 3 años de prisión al exgerente Fernando Guillén, la expresidenta María Pilar Martín, y el exvicepresidente Clemente Garcés, concluye que cuando cesaron en la labor de su gestión al frente del CRDO "dejaron un déficit de 300.000 euros, fruto de la distracción de los fondos comunes que gestionaban de la entidad, en ilícito e indebido beneficio personal directo y/o indirecto".

El ministerio público considera que los tres acusados crearon tal confusión "funcional, gestora y patrimonial entre el CRDO y Promorigen SL", que se sirvieron de esta última mercantil "para generar sobresueldos, descapitalizar al CRDO y eludir su control presupuestario y no rendir cuentas a este órgano".

Para la Fiscalía de Teruel no estaba justificada la creación de la filial con el cien por cien del capital social del Consejo, siendo sus miembros a la vez los de la junta directiva del pleno del CRDO, "con una responsabilidad de tutela y buen gobierno".

Argumenta en este sentido la acusación pública, única personada en el caso, que Promorigen era una "empresa insolvente y en causa de disolución desde el 31 de diciembre de 2010" y que a pesar de ello los acusados, administradores sociales, tanto de Promorigen como del Consejo, "no tomaron las medidas para superarlo por interés propio".

Autor: F.J.M. Teruel