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“Los rendimientos de la trufa como actividad secundaria deben reflejarse en la renta” “Los rendimientos de la trufa como actividad secundaria deben reflejarse en la renta”
Santos Alcalá, en Mora de Rubielos, donde participó en el VI Curso de Truficultura

“Los rendimientos de la trufa como actividad secundaria deben reflejarse en la renta”

Entrevista a Santos Alcalá, gestor administrativo en la Gestoría Alcalá
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Cruz Aguilar

Santos Alcalá es gestor administrativo en la Gestoría Alcalá, donde cada vez reciben más consultas de personas que recolectan trufas sobre las fórmulas para declarar a Hacienda los beneficios obtenidos. El experto ofreció una ponencia el pasado jueves sobre este tema en el VI Curso de Truficultura Práctica celebrado entre los días 3 y 6 de febrero en Mora de Rubielos. La actividad está organizada por la UVT Fundación Antonio Gargallo.

-¿Cuál es la duda más común?
-En lo que duda también mucho la gente que vende a Francia o Italia es en la forma en que hay que hacerlo. Hay un modelo de actividad económica en Hacienda que es el 349, que es para operaciones intracomunitarias. Es un modelo informativo en el que declaras lo que has vendido y puedes hacer factura. Cuando vendes a un país intracomunitario tienes que poner el número Vies (Sistema de Intercambio de Información sobre el IVA ), que es un número con el que te das de alta para poder operar.

-¿Y todo eso luego hay que justificarlo en la renta?
-Sí, luego en la declaración de la renta todas estas actividades económicas, todo ese volumen de ingresos quedan registrado.