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Juan Cañada

Hace unos años escuché la conversación de unos niños mientras jugaban en la calle tan pacíficamente, no creo que tuvieran más de seis años. Uno de ellos le preguntó al otro si era legal o ilegal. El niño le explicó que no entendía a qué se refería, por lo que el preguntón le inquirió si sus padres procedían de otro país. Al contestar que sí el curioso le espetó con un rotundo: Entonces sois ilegales. Creo que ninguno de los dos entendían mucho sobre la legalidad o ilegalidad de las personas, por lo que continuaron jugando como si no existiera un mañana.

A mí me causó bastante pena escuchar ese interrogatorio que concluyó con la sentencia de la ilegalidad. Tanto es así que cada vez que pienso en esta historia me lleno de tristeza. ¿Cómo es posible que un niño se dedique a señalar a sus amigos con la exclusión? ¿Quién le ha enseñado a juzgar a las personas por su raza o procedencia?

Pueden ser ilegales determinadas acciones, los hechos delictivos, los comportamientos que atentan contra las personas o la propiedad, pero no las personas por razón del país del que proceden. Una persona ha podido acceder a un país de un modo que atenta contra las normas o lo establecido en sus leyes, pero no por eso se debe criminalizar, sentenciar, insultar o maltratar.

Si desde pequeños los niños observan en sus familias, en el entorno escolar y social, actitudes en las que se discrimina e insultan a otras personas por razón de su lugar de origen, nos quedará poco para ver bien los campos de concentración, los guetos y la cámara de gas.