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Un herido en la Hoguera de Castelserás de 2019 reclama 300.000 euros Un herido en la Hoguera de Castelserás de 2019 reclama 300.000 euros
Las partes personadas en la vista celebrada en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Teruel

Un herido en la Hoguera de Castelserás de 2019 reclama 300.000 euros

El Juzgado de lo Contencioso celebra la vista contra el Ayuntamiento
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Una de las personas heridas en la Hoguera de San Sebastián de Castelserás en 2019 reclamó al Ayuntamiento de la localidad una indemnización de más de 300.000 euros por responsabilidad patrimonial debido a las secuelas que padece, tras caerle encima una rama del árbol durante  la celebración de esta tradición, en un juicio celebrado en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Teruel. Las partes deberán presentar ahora sus conclusiones y la juez tendrá que resolver si hay una responsabilidad patrimonial por parte del consistorio y con qué cantidad debería indemnizarse.

En esta demanda están personados, además de quien sufrió las lesiones y que padece unas secuelas de por vida, el Ayuntamiento de Castelserás como demandado y la Mutua General de Seguros, cuyo abogado, José María Gimeno, anunció que pedirá la absolución por entender que la reclamación había prescrito y que la responsabilidad es exclusiva de la víctima.

Ricardo Orús, letrado que representa a la persona que sufrió las lesiones, aseguró que la demanda era “viable”, aunque eludió avanzar los argumentos que expondrá en sus conclusiones y que presentará en el juzgado. Indicó que la cantidad que reclaman al Ayuntamiento como responsabilidad patrimonial por lo ocurrido está en torno a los 300.000 euros, aunque no concretó la cantidad exacta. El abogado de la aseguradora precisó que la reclamación que les han hecho es de más de 330.000 euros.

El abogado del Ayuntamiento eludió pronunciarse a preguntas de la prensa, mientras que la alcaldesa, Pilar Arellano, dijo que acatarán la sentencia cuando sea firme, y que en el caso de que sea condenatoria indemnizarán a esta persona en las cantidades que se establezcan. Ella no era alcaldesa cuando ocurrieron estos hechos, el 19 de enero de 2019, y comentó que a partir del año siguiente el consistorio contrató una ambulancia medicalizada para garantizar la asistencia médica en caso de accidente.

En la vista oral en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo la parte demandante incidió tanto en las pruebas testificales como periciales, en que no había medidas de seguridad durante la celebración, y en que su representado padece secuelas que le afectan considerablemente a su calidad de vida.

La parte demandada, el Ayuntamiento, sostuvo durante la realización de las pruebas que esta tradición se celebra desde hace siglos y que el consistorio carece de responsabilidad por lo sucedido. El abogado de la aseguradora, entidad que tendría que hacer frente a parte de la cantidad que se reclama como indemnización del Ayuntamiento, dijo que la responsabilidad de quienes asisten a esta tradición es de cada uno de ellos y que si se ponen en el lugar más peligroso no pueden reclamar después a nadie.

En esta tradición se corta un álamo en el campo y se coloca en el centro de la plaza sujeto de forma vertical. Después se rodea de leña hasta una gran altura para hacer la Hoguera de San Sebastián, que es de grandes dimensiones. Cuando cesa el fuego, los casados cortan con hachas el árbol hasta derribarlo.

En la hoguera de 2019, el árbol cayó en una dirección, como previamente a ese momento se advirtió, pero al precipitarse se rompió una rama que salió en sentido contrario, cayendo donde estaba la gente. Hubo tres personas heridas, el afectado que sufrió secuelas por el golpe que recibió en la cabeza, una mujer que padeció lesiones en el brazo, y un menor. Además, un testigo relató que notó que algo le caía encima y le tiró el móvil.

La mujer presentó una reclamación y el Ayuntamiento la indemnizó por responsabilidad patrimonial. Lo explicó en la vista, donde se puso de manifiesto que la cantidad inicial reclamada era de 22.000 euros, y que llegó a un acuerdo de 17.000. El abogado de la aseguradora observó que en el acuerdo suscrito la mujer reconocía su “corresponsabilidad en dicho accidente” por el lugar donde se puso y el riesgo que entrañaba, mientras que ella aclaró que no sabía qué significaba eso cuando lo firmó.

El abogado de la parte demandante, Ricardo Orús, incidió en las secuelas que las lesiones dejaron a su representado al recibir un golpe en la cabeza, lo que ha limitado tanto su capacidad cognitiva como de movimiento, al sufrir una hemiparesia espástica por la lesión cerebral que sufre desde entonces y que limita la movilidad de sus extremidades.

La alcaldesa de Castelserás, Pilar Arellano, asistió al juicio entre el público y al término de la vista en la que se practicaron las pruebas testificales y periciales, comentó a la prensa que los festejos populares tienen una “parte de riesgo” que se intentan minimizar al máximo, pero que reducirlo al cien por cien era “imposible”.

Recordó que es una celebración que se hace en el pueblo “desde siempre”, que se intenta minimizar cualquier riesgo y que por desgracia había ocurrido ese accidente que, aclaró, “tampoco es lo habitual”. Al tratarse de un municipio pequeño, reconoció la limitación de recursos económicos que tienen, y que si finalmente son condenados se buscará la fórmula para indemnizar.

Un juicio técnico que incluyó el informe de un detective que hizo un seguimiento

Tras la vista oral del martes las partes presentarán sus conclusiones y la juez resolverá sobre la demanda de responsabilidad patrimonial que reclama el herido en la Hoguera de San Sebastián de 2019, que no fue citado a declarar. La vista fue muy técnica y, aparte de la declaración de cuatro testigos se centró en varios informes periciales sobre las lesiones causadas y sus secuelas. De acuerdo con las periciales de la parte demandante, la víctima sufre una hemiparesia espástica, una lesión cuya cicatriz está en su cerebro, tal como explicó un perito, que le dificulta la movilidad de su lado izquierdo. Además, sufre de un síndrome frontal (le impide frenar sus impulsos) y de un deterioro cognitivo (falta de capacidad de entender). Tiene una incapacidad absoluta y las partes en litigio discreparon también sobre la fecha de alta del paciente, puesto que determinaría si la reclamación ha prescrito o no al haberse presentado fuera de plazo.

La aseguradora presentó un informe de seguimiento de un detective, que cuestionó la gravedad de las secuelas, mientras el demandante llevó el informe de un ingeniero forestal que dijo que todo se hizo mal en la corta del árbol.