El Tribunal Supremo da la razón en parte a Castellote en su recurso contra un parque eólico de la Comunidad Valenciana
Reconoce que dos aerogeneradores valencianos invaden el vuelo del término municipal turolenseEl litigio que el Ayuntamiento de Castellote mantenía con la Generalitat Valenciana por los parques eólicos de Todolella y Forcall ha llegado a su tramo final, después de que la sala tercera de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo haya desestimado el recurso de casación interpuesto por la Generalitat Valenciana contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Valencia (TSJV) que en marzo de 2015 daba la razón, en parte, al Ayuntamiento de Castellote.
El municipio interpuso una demanda en 2012 contra el acuerdo del servicio de Energía de la consellería de Economía, Industria y Comercio de la Generalitat Valenciana, que desestimaba una “pretensión de restauración de la legalidad” solicitada por el Ayuntamiento turolense en relación a la instalación de 60 aerogeneradores incluidos en el Plan Eólico de la zona 2 de Castellón.
El municipio turolense denunció que “la franja de terreno donde se ubicaban se encontraba a menos de 100 metros de su término municipal, hasta el punto que las aspas de buena parte de ellos” invadían “el vuelo del término municipal de Castellote”. El consistorio solicitaba la anulación de las autorizaciones, permisos y actuaciones de los parques eólicos de La Muela de Todolella y Refoyas” por considerar que su puesta en servicio era competencia de la Administración General del Estado, lo que el fallo judicial no respaldó, por no superar ninguno de los parques denunciados la potencia de 50 Megavatios.
Tras encargar la sala una prueba pericial independiente, la sentencia tampoco consideró probada la ocupación de terrenos de Castellote, pero sí que dos de los 60 aerogeneradores de los dos parques eólicos (Todolella y Refoyas se encontraban en una situación de “ilegalidad parcial”, en la que incurrían en función de la dirección del viento, lo que “viola las determinaciones del Plan Especial” eólico valenciano, según el fallo.
La sentencia estimaba en parte, por tanto, el recurso contencioso administrativo formulado por el Ayuntamiento de Castellote. Por un lado, desestimaba la petición de “restauración de la legalidad”, es decir, la vuelta a la situación previa a la instalación de los parques eólicos, pero por otro anulaba la autorización de la instalación de dos aerogeneradores (A2.4 y A2.5).
El recurso de casación presentado contra la sentencia por la Generalitat Valenciana ha sido finalmente resuelto este mes de diciembre por el Tribunal Supremo. Admitido a trámite, la sala tercera de lo contencioso administrativo ha terminado desestimando los motivos esgrimidos por el Gobierno valenciano en el citado recurso, que, entre otras cuestiones, alegaba que el Ayuntamiento no recurrió en su día las autorizaciones de los parques eólicos.
Según la sentencia, la impugnación del emplazamiento de los aerogeneradores por parte del Ayuntamiento de Castellote fue lo que permitió impugnar "de forma indirecta las previas resoluciones que ampararon su instalación", puesto que "el recurso contencioso sólo se articuló cuando el Ayuntamiento pudo conocer y comprobar que la colocación de los aerogeneradores afectaba a sus intereses y que violaba la legalidad".
Por otra parte, la sala del Tribunal Supremo reitera que "dos de los aerogeneradores que se identifican como A2.5 y A2.4 incurren en ilegalidad parcial al adentrarse sus palas en el término municipal de Castellote", por lo que el pronunciamiento judicial se ciñe "a la anulación de los acuerdos en ese único extremo" y ordena "la adopción de las medidas técnicas necesarias para que no persista el sobrevuelo" de los rotores en el término municipal de Castellote.
En relación al recurso, el fallo añade que "la impugnación de la instalación de los aerogeneradores hizo viable la de las autorizaciones previas en cuanto amparaban una indebida localización que no se ajustaba a las determinaciones del Plan Especial, que permiten y autorizan la instalación, rotación y producción de electricidad en el exclusivo a mito de la Comunidad Valenciana".
La sentencia impone las costas a la Generalitat.
Valoración del alcalde
El alcalde de Castellote, Ramón Millán, valoró el fallo del Supremo señalando que “efectivamente, nos da la razón en relación a dos aerogeneradores, pero de momento con eso no vamos a ninguna parte, porque nuestro peritaje incluía no dos, sino nueve u once”. El regidor explicó que “cuando pasen estos días de fiestas navideñas nos reuniremos con nuestra abogada para analizar cómo queda la situación y ver si podemos reclamar alguna cuestión más”, ya que “somos un pequeño ayuntamiento y, al parecer, la Justicia necesita bastantes más pruebas de las que se presentaron”.